Arturo Alcalde Justiniani
La Jornada/19 de marzo de 2010
Cuatro diputados panistas, todos vinculados al sector privado, presentaron finalmente la propuesta de reforma a la Ley Federal del Trabajo elaborada por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, conocida como iniciativa Lozano”. Se trata de una larga lista de cambios cuya exposición de motivos se centra en la necesidad de reducir derechos laborales para supuestamente lograr mayor inversión y empleo. Tesis profundamente equivocada, ya que las dificultades que sufre nuestro sector productivo no devienen de la existencia de altos salarios, ni del ejercicio de los derechos colectivos, sino de un modelo económico que ha debilitado el mercado interno, los niveles de vida y las posibilidades de sobrevivencia de la pequeña y la mediana empresas, las cuales crean más empleo.
La reforma planteada fue elaborada sin la participación de especialistas, de la academia, del sindicalismo democrático, de las organizaciones de medianos y pequeños empresarios y aún de los propios legisladores del Partido Acción Nacional (PAN), quienes hoy se encuentran ante el dilema de aprobar propuestas contrarias a sus principios. También fue ajena a las experiencias internacionales exitosas, y contraria a las recomendaciones de los organismos especializados como la Organización Internacional del Trabajo, que recientemente ha condenado prácticas que hoy pretenden adquirir estatus de ley.
Es falso que esta iniciativa retome las propuestas elaboradas en el pasado por distintos partidos políticos. Sus golpes más duros contra los trabajadores ni siquiera estaban contenidos en la antigua “propuesta Abascal” presentada en 2002. Es más, si se compara con la iniciativa panista elaborada en 1995 por su fracción parlamentaria en la Cámara de Senadores, hoy se propone exactamente lo contrario. En aquel entonces, el PAN planteó suprimir las juntas de Conciliación y Arbitraje mediante jueces de lo social, que resolvieran con imparcialidad y eficacia los juicios laborales; también un sistema laboral respetuoso de la libertad de asociación y nuevas formas de contratación colectiva. La actual iniciativa es producto de una negociación entre el viejo y corrupto corporativismo sindical, que a cambio de no sufrir afectación a su privilegiada condición, admite esquemas de flexibilidad unilateral en la fijación de las condiciones de trabajo, aunque esto implique cancelar su reducido espacio de maniobra frente a la fuerza empresarial.
La llamada “iniciativa Lozano” facilita el despido libre de los trabajadores creando nuevas figuras de contratación temporal, aun tratándose de actividades de carácter permanente; da forma legal a mecanismos de subcontratación hasta ahora prohibidos por la ley; permite a los empresarios correr a los trabajadores incluso sin justificación cuando tengan una antigüedad menor de tres años y, en caso de juicio, pone un límite a los salarios caídos hasta un máximo de seis meses, no importando que el juicio dure cuatro o cinco años, como sucede en la práctica, facilitando la impunidad patronal. En términos reales, deja a los trabajadores en estado de indefensión.
Esta iniciativa cancela la libertad de asociación en nuestro país, ya que cierra las dos únicas rendijas que permitían subsistir a un reducido número de sindicatos independientes. Nuestro país es el único en el mundo donde los patrones escogen al sindicato para firmar el primer contrato colectivo de trabajo al que estarán obligados a afiliarse los futuros trabajadores. Las únicas opciones para superar esta imposición son intentar cambiar de sindicato o buscar la firma de un contrato colectivo mediante un emplazamiento de huelga; la iniciativa impone obstáculos imposibles de superar para lograr estos fines. Reclama como “requisito de procedibilidad” que los trabajadores antes del juicio desahoguen un procedimiento administrativo registral que los obliga a exhibir los nombres, las firmas y los documentos de los trabajadores inconformes y a obtener la autorización previa de la autoridad registradora, que en el caso de las juntas de Conciliación y Arbitraje están integradas, ni más ni menos, que por el patrón y el líder sindical a quien pretenden demandar. Estos absurdos requerimientos han sido descalificados en todos los foros académicos e internacionales; sin embargo, la fuerza de los abogados empresariales que quieren consolidar el negocio redondo de los contratos de protección patronal lograron imponer.
Sin exagerar, se puede afirmar que de aprobarse la “iniciativa Lozano” no podrá subsistir un solo sindicato democrático en México; se obligará a la acción sindical clandestina, como ha operado en los gobiernos dictatoriales, condición que no sólo lesiona a los trabajadores, sino al propio empresariado, que se verá obligado a negociar con corrientes sindicales que no podrán dar la cara. En otras palabras, será imposible la concertación con transparencia, responsabilidad y buena fe, como es propio de una contratación colectiva moderna.
Si bien se presenta como una iniciativa en favor de la equidad de género, al analizar sus propuestas específicas se acredita su artificialidad. En cambio, cuando se trata de destruir a sindicatos democráticos, como los de pilotos aviadores y sobrecargos del sector aéreo, es contundente su sentencia: no podrán ser titulares de contratos colectivos. Así lo pidieron los propietarios de las aerolíneas de bajo costo acostumbrados a sindicatos blancos.
Urge democratizar la discusión sobre el mundo del trabajo que requiere nuestro sector productivo. No cabe duda: es necesario un cambio que concilie productividad con distribución de beneficios, una flexibilidad racional con esquemas de concertación moderna y una efectiva libertad de asociación con nuevos paradigmas de responsabilidad. Lo han logrado otros países y no existe motivo alguno para que en el nuestro esto no sea posible. Sí a la reforma laboral, no a ésta.
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