El Universal/17 de marzo de 2009
Entre las causas que atizan la irritación social contra la política y los políticos están los sueldos tan altos de que gozan los funcionarios públicos y los representantes populares. Mucho más porque la enorme cuantía de las percepciones contrastan no sólo con magros resultados del ejercicio de las funciones, sino con la miseria que se extiende en amplias capas de la sociedad.
En México la clase política goza de prestaciones y retribuciones económicas privilegiadas en relación con otros sistemas políticos y burocráticos en el mundo, con mejores índices de calidad de vida y desarrollo democrático, por cierto.
De esta contradicción emana la ilegitimidad de los gobernantes y la decepción de los gobernados. El abuso que se tiene en este tema no hace más que explicar el rechazo ciudadano a la participación político-electoral, y el descrédito que sufre el sistema de partidos en general. Muchos ciudadanos sienten que con los altos sueldos se premia el fracaso, la indolencia y el incumplimiento del deber.
Muy lejos está la visión que sobre el estado de derecho y la retribución suficiente expresara el presidente Benito Juárez, quien delineó, ya desde 1858, la ruta de la verdadera austeridad republicana: “Bajo el sistema federativo los funcionarios públicos no pueden disponer de las rentas sin responsabilidad. No pueden gobernar a impulsos de una voluntad caprichosa sino con sujeción a las leyes. No pueden improvisar fortunas ni entregarse al ocio y a la disipación, sino consagrarse asiduamente al trabajo, disponiéndose a vivir en la honrada medianía que proporciona la retribución que la ley les señala”.
A más de 150 años de aquella advertencia, debemos reconocer el sentido contrario en que caminaron los empleos públicos y sus dotaciones. Se ha hecho tarde para poner bajo un sistema de control, transparencia y reducción considerable las percepciones de los empleados y funcionarios de la Federación, los estados y los municipios, por lo que no puede seguir posponiéndose las reformas constitucionales y legales en esta dirección.
Fijar un tope a los salarios públicos es una de las primeras medidas. Sin embargo, con todo y que el Senado exhortara a la colegisladora para concretar la nueva ley, ha vuelto a detenerse en la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara Baja, donde tiene dos años, pues les fue remitida desde el 13 de marzo de 2007.
Se trata de una reforma constitucional cuya base estipula que si el máximo cargo de responsabilidad es el de presidente de la República, el máximo salario que debiera haber sea ése, y a partir de ahí todos los demás sujetarse a ese parámetro.
Esta disposición toca también a los magistrados del Tribunal Electoral, los magistrados de circuito, los jueces de distrito, los consejeros de la Judicatura, los consejeros del IFE y los magistrados y jueces de los poderes judiciales de los estados. Se menciona que las remuneraciones adicionales a las nominales, tales como gratificaciones, premios, recompensas, bonos, estímulos, comisiones, aportaciones a fondos de retiro, o ahorro y cualquier remuneración en dinero o en especie, se mantendrán si no excede el máximo referido a la remuneración del presidente de la República.
El reciente proyecto de dictamen concede una nueva facultad a la Cámara de Diputados: definir en el Presupuesto de Egresos de la Federación los salarios máximos que recibirán no sólo los funcionarios del gobierno federal, sino también de los Poderes Judicial y Legislativo, y los entes autónomos como el IFE y la CNDH.
Esto es fundamental, pues establece un límite al otorgamiento de aumentos salariales en los llamados órganos autónomos, a los que no les funciona a veces ni la sujeción a las leyes ni la sensibilidad social ante la crisis financiera, como es el caso de la mayoría de los consejeros del IFE que pretendieron otorgarse un aumento salarial de 100%.
Sin embargo, esa conducta es muy común entre los gobernadores, los diputados locales, presidentes municipales, síndicos y regidores, por lo que también es relevante la reforma al artículo 116 para que los congresos locales fijen los salarios de los servidores públicos conforme a los criterios del artículo 127.
El tema es de amplio consenso entre la población, y al interior de los partidos es una de las preocupaciones de los militantes. Quieren ver a sus legisladores comprometidos con una mejor distribución del ingreso. Quieren ver a los servidores públicos viviendo en la honrosa medianía que proporciona la retribución justa.
Profesor de la FCPyS de la UNAM
En México la clase política goza de prestaciones y retribuciones económicas privilegiadas en relación con otros sistemas políticos y burocráticos en el mundo, con mejores índices de calidad de vida y desarrollo democrático, por cierto.
De esta contradicción emana la ilegitimidad de los gobernantes y la decepción de los gobernados. El abuso que se tiene en este tema no hace más que explicar el rechazo ciudadano a la participación político-electoral, y el descrédito que sufre el sistema de partidos en general. Muchos ciudadanos sienten que con los altos sueldos se premia el fracaso, la indolencia y el incumplimiento del deber.
Muy lejos está la visión que sobre el estado de derecho y la retribución suficiente expresara el presidente Benito Juárez, quien delineó, ya desde 1858, la ruta de la verdadera austeridad republicana: “Bajo el sistema federativo los funcionarios públicos no pueden disponer de las rentas sin responsabilidad. No pueden gobernar a impulsos de una voluntad caprichosa sino con sujeción a las leyes. No pueden improvisar fortunas ni entregarse al ocio y a la disipación, sino consagrarse asiduamente al trabajo, disponiéndose a vivir en la honrada medianía que proporciona la retribución que la ley les señala”.
A más de 150 años de aquella advertencia, debemos reconocer el sentido contrario en que caminaron los empleos públicos y sus dotaciones. Se ha hecho tarde para poner bajo un sistema de control, transparencia y reducción considerable las percepciones de los empleados y funcionarios de la Federación, los estados y los municipios, por lo que no puede seguir posponiéndose las reformas constitucionales y legales en esta dirección.
Fijar un tope a los salarios públicos es una de las primeras medidas. Sin embargo, con todo y que el Senado exhortara a la colegisladora para concretar la nueva ley, ha vuelto a detenerse en la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara Baja, donde tiene dos años, pues les fue remitida desde el 13 de marzo de 2007.
Se trata de una reforma constitucional cuya base estipula que si el máximo cargo de responsabilidad es el de presidente de la República, el máximo salario que debiera haber sea ése, y a partir de ahí todos los demás sujetarse a ese parámetro.
Esta disposición toca también a los magistrados del Tribunal Electoral, los magistrados de circuito, los jueces de distrito, los consejeros de la Judicatura, los consejeros del IFE y los magistrados y jueces de los poderes judiciales de los estados. Se menciona que las remuneraciones adicionales a las nominales, tales como gratificaciones, premios, recompensas, bonos, estímulos, comisiones, aportaciones a fondos de retiro, o ahorro y cualquier remuneración en dinero o en especie, se mantendrán si no excede el máximo referido a la remuneración del presidente de la República.
El reciente proyecto de dictamen concede una nueva facultad a la Cámara de Diputados: definir en el Presupuesto de Egresos de la Federación los salarios máximos que recibirán no sólo los funcionarios del gobierno federal, sino también de los Poderes Judicial y Legislativo, y los entes autónomos como el IFE y la CNDH.
Esto es fundamental, pues establece un límite al otorgamiento de aumentos salariales en los llamados órganos autónomos, a los que no les funciona a veces ni la sujeción a las leyes ni la sensibilidad social ante la crisis financiera, como es el caso de la mayoría de los consejeros del IFE que pretendieron otorgarse un aumento salarial de 100%.
Sin embargo, esa conducta es muy común entre los gobernadores, los diputados locales, presidentes municipales, síndicos y regidores, por lo que también es relevante la reforma al artículo 116 para que los congresos locales fijen los salarios de los servidores públicos conforme a los criterios del artículo 127.
El tema es de amplio consenso entre la población, y al interior de los partidos es una de las preocupaciones de los militantes. Quieren ver a sus legisladores comprometidos con una mejor distribución del ingreso. Quieren ver a los servidores públicos viviendo en la honrosa medianía que proporciona la retribución justa.
Profesor de la FCPyS de la UNAM
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